Incidente Nº 2 - ACTOR: TABOADA, HUGO CARLOS DEMANDADO: OSPE Y OTROS s/INCIDENTE
El actor promovió acción de amparo contra la Obra Social de Petroleros (OSPE) y la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) por la negativa a mantener su afiliación a OSPE luego de obtener su beneficio jubilatorio. La Cámara Federal de Salta confirmó la sentencia que ordenó a OSPE mantener la afiliación del actor y a ANSES transferir los aportes correspondientes.
¿Quién es el actor?
Hugo Carlos Taboada
- Demandados: Obra Social de Petroleros (OSPE) y Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Mantener la afiliación a OSPE luego de obtener el beneficio jubilatorio
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia que hizo lugar a la acción de amparo, ordenando a OSPE mantener la afiliación de Taboada y a ANSES transferir los aportes correspondientes.
Fundamentos principales:
- El artículo 16 de la Ley 19.032 no establece un pase automático de los jubilados al INSSJP (PAMI), sino que reconoce el derecho de los afiliados a elegir libremente su cobertura de salud.
- La jurisprudencia ha establecido que la obtención del beneficio jubilatorio no implica la renuncia tácita a la obra social de origen, salvo manifestación expresa en contrario.
- La conducta de ANSES de disponer el traspaso automático de Taboada al PAMI sin su consentimiento es arbitraria y vulnera su derecho de opción.
- ANSES, como agente de retención, tiene la obligación de respetar el derecho de elección del jubilado, sin poder subsanar la negativa de OSPE a mantener la afiliación mediante una derivación compulsiva al PAMI.
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