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OLIVA JUAN CARLOS S/ SUCESION AB-INTESTATO

La justicia declara la sucesión ab intestato de Juan Carlos Oliva y reconoce a sus hijos y cónyuge como herederos en el proceso de sucesión. La resolución se fundamenta en la acreditación del fallecimiento, vínculo matrimonial y filiación, y en la publicación de edictos sin resultado favorable.

Codigo civil y comercial Fallecimiento Sucesion ab intestato Herederos Declaracion de herederos Edictos 2424 2426 2433 Articulos 735 Articulos 2337 Testimonio de filiacion 737 del cpc.

¿Qué se resolvió en el fallo?

La sentencia declara que, tras la muerte de OLIVA JUAN CARLOS el 30 de septiembre de 2024, le corresponden en carácter de herederos universales sus hijos ROBERTO CARLOS OLIVA y BREIAN GABRIEL OLIVA, así como su cónyuge NORA SABINA OROÑO, en cuanto a sus bienes propios si los hubiere, sin perjuicio de los derechos sobre los bienes gananciales. La resolución se basa en la prueba del fallecimiento, la existencia del matrimonio y la filiación, y el cumplimiento del trámite de publicación de edictos, que resultó negativo. El tribunal dispuso la declaración de herederos en conformidad con los artículos 2337, 2424, 2426 y 2433 del Código Civil y Comercial de la Nación, y los artículos 735 y 737 del Código Procesal Civil y Comercial.

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