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GOYENECHE EDGARDO ANGEL Y MAS ANA GROLINA S/ SUCESION AB-INTESTATO

La sentencia declara la sucesión ab intestato de Edgardo Angel Goyenèche y Ana Grolina Mas. El tribunal afirmó que, tras acreditar el fallecimiento y la filiación, corresponden como herederos sus hijos, en conformidad con la ley. La resolución se basa en el cumplimiento de los requisitos legales y en los informes registrales pertinentes.

Sucesion ab intestato Declaracion de herederos Informes registrales Herederos legales Ley 7205 Certificados de defuncion Ley 11.511 Publicaciones de edictos Art. 3565 cc Art. 2426 ccyc

¿Qué se resolvió en el fallo?

El expediente trata sobre la solicitud de declaración de herederos ab intestato de Edgardo Angel Goyenèche, fallecido el 23 de mayo de 2013, y Ana Grolina Mas, fallecida el 1 de mayo de 2024. La parte actora presentó la documentación necesaria, incluyendo certificado de defunción, libreta de familia y publicaciones de edictos, los cuales fueron certificados en autos. También se verificó el cumplimiento del art. 724 del C.P.C. y del art. 7205, con informes del Registro de Testamentos y del Registro de Juicios Universales. La sentencia concluyó que, conforme a lo dispuesto por el art. 3565 del Código Civil, el art. 2426 del Código Civil y Comercial y el art. 735 del Código Procesal, los herederos ab intestato son los hijos de los causantes, Carlos Alberto Goyenèche y Patricia del Carmen Goyenèche. La resolución dispone el cese de la intervención del fiscal y ordena la notificación y registro. Fundamentos principales: "Se ha acreditado en autos el fallecimiento de los causantes, así como la filiación de sus hijos, y se ha dado cumplimiento a las publicaciones y registros legales requeridos. La ley establece que, en estos casos, corresponden como herederos los hijos del causante, en este caso, Carlos Alberto Goyenèche y Patricia del Carmen Goyenèche, quienes cumplen con los requisitos legales para heredar en la sucesión ab intestato." "Conforme a lo dispuesto en el art. 3565 del Código Civil, y en virtud de la documentación probatoria y los informes registrales, corresponde dictar la declaratoria de herederos en favor de los hijos de los causantes, en orden a la sucesión ab intestato."

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