BELMONTE GUILLERMO MARTIN S/ SUCESION AB-INTESTATO
Declaración de herederos por fallecimiento de Guillermo Martin Belmonte. La jueza dispuso que sus hijas y su esposa heredan en carácter de universales herederas, en conformidad con la ley, sin perjuicio de derechos sobre bienes propios y gananciales.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Quien demanda (Actor): No corresponde, pues es un auto de declaración de herederos. A quién se demanda (Demandado): No corresponde. Qué se reclama (Objeto de la demanda): Declaración de herederos y sucesión ab-intestado del causante Guillermo Martin Belmonte. Qué se resolvió (Decisión del tribunal): Se declara en cuanto ha lugar, que por fallecimiento de Guillermo Martin Belmonte le suceden en carácter de herederas sus hijas: María Eugenia, Monica Michelle y María Alejandra Belmonte Barascout, y su cónyuge María Eugenia Barascout Corcuera, quien también hereda en cuanto a sus bienes propios, sin perjuicio de derechos sobre gananciales. Fundamentos principales de la decisión: "Con el certificado de defunción digitalizado a fs. 1 se acredita el fallecimiento de GUILLERMO MARTIN BELMONTE ocurrido el día 21 de noviembre de 2024 quien era de estado civil casado con MARIA EUGENIA BARASCOUT CORCUERA con quien había contraído matrimonio el día 5 de julio de 1974 (fs. 1)." "Que de dicha unión conyugal nacieron las siguientes hijas: MARIA EUGENIA (fs. 1) el 2 de junio de 1975, MONICA MICHELLE (fs. 20) el 10 de julio de 1976 y MARIA ALEJANDRA (fs. 1) el 28 de noviembre de 1980." "Por ello; de conformidad con lo solicitado y lo dispuesto por los arts. 2424, 2426 y 2433 del Código Civil y Comercial de la Nación y arts. 735 y 737 del CPCC, se declara en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio de terceros que por fallecimiento de GUILLERMO MARTIN BELMONTE le suceden en carácter de universales herederas sus hijas: MARIA EUGENIA, MONICA MICHELLE y MARIA ALEJANDRA BELMONTE BARASCOUT y su cónyuge MARIA EUGENIA BARASCOUT CORCUERA a quien también se le declara heredar en cuanto a los bienes propios si los hubiere, sin perjuicio de los derechos que la ley le acuerda respecto a los gananciales."
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