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IZQUIERDO, MARIA TERESA c/ EN - AFIP - LEY 20628 s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

La actora impugnó la retención del Impuesto a las Ganancias sobre su haber previsional. La Cámara revocó la sentencia y declaró la inconstitucionalidad de dicha retención.

Inconstitucionalidad Vulnerabilidad Impuesto a las ganancias Persona mayor Haber previsional Ley 20.628 Ley 27.360


- Actora: María Teresa Izquierdo

¿A quién se demanda?

EN
- AFIP
- Ley 20628
- Objeto de la demanda: Declaración de inconstitucionalidad del art. 79 inc. c) de la Ley 20.628 (Impuesto a las Ganancias) y cese de las retenciones sobre su haber previsional.
- Decisión del tribunal: La Cámara revocó la sentencia de primera instancia que había declarado abstracta la demanda respecto a la inconstitucionalidad, y declaró la inconstitucionalidad de dicho artículo, ordenando el cese de las retenciones.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Corte Suprema en el precedente "García" sostuvo que la capacidad contributiva no es un parámetro suficiente para el establecimiento de tributos a los jubilados, siendo necesario ponderar la vulnerabilidad vital del colectivo.
- La Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, incorporada por Ley 27.360, establece la necesidad de respuestas especiales y diferenciadas para los sectores vulnerables.
- La actora tiene 85 años y es titular de un beneficio previsional, por lo que se verifican los presupuestos fácticos que tornarían aplicable la doctrina del precedente "García".
- La modificación legal posterior (Ley 27.617) no alteró el criterio, ya que no se advierte que el legislador haya dado cumplimiento a los parámetros fijados por la Corte Suprema.

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