SANCHEZ, ENRIQUE S/ SUCESION AB INTESTATO (21) RECONSTRUCCION
La sentencia aclara un error material en la Declaratoria de Herederos de 2006, estableciendo correctamente la heredera universal. El tribunal ordena la rectificación y la inscripción en registros correspondientes.
- Quién demanda: No es un proceso de demanda, sino una resolución de aclaración en un proceso de sucesión.
- A quién se demanda: No aplica, es una resolución en un expediente de sucesión.
- Qué se reclama: Corrección del error en la relación de herederos en la Declaratoria de Herederos de 2006.
- Qué se resolvió: Se aclara que, tras el fallecimiento de Enrique Sanchez, le corresponde en carácter de única y universal heredera su hija, Ana Amelia Sofia Sanchez y Fernandez, en lugar de Ana Amelia Sofia Sanchez.
Fundamentos:
"Advertido de la comisión de un error material en el dictado de la Declaratoria de Herederos de fecha 18 de octubre de 2006, de conformidad con lo prescripto por el art. 166 inc. 2º del C.P.C. y C., aclárase que por fallecimiento de Enrique Sanchez le sucede en carácter de único y universal heredera su hija, Ana Amelia Sofia Sanchez y Fernandez y no, que por fallecimiento de Enrique Sanchez le sucede en carácter de único y universal heredera su hija, Ana Amelia Sofia Sanchez y Fernandez, como por error allí se consignara."
"Déjese nota de la existencia de la presente en el registro correspondiente."
"No existen votos disidentes ni consideraciones adicionales relevantes."
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