TERRAZA DOMINGUEZ, JUAN PABLO c/ NUEVAS FRONTERAS S.A. s/DESPIDO
El actor promovió demanda por diferencias salariales derivadas de la aplicación del art. 223 bis de la LCT durante la pandemia por COVID-19. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia que rechazó la pretensión, considerando que el acuerdo colectivo que instrumentó las suspensiones se ajustó al marco legal de emergencia.
- Actor: Juan Pablo Terraza Domínguez
- Demandado: Nuevas Fronteras S.A.
- Objeto de la demanda: Diferencias salariales por aplicación del art. 223 bis de la LCT durante la pandemia
- Decisión del tribunal: Se confirma la sentencia que rechazó la pretensión del actor.
Fundamentos principales:
- El acuerdo entre UTHGRA y AHTRA, homologado por la autoridad administrativa, instrumentó las suspensiones conforme al art. 223 bis de la LCT y las normas de emergencia, sin afectar derechos irrenunciables del trabajador.
- La crisis pandémica motivó un marco normativo excepcional que buscó compatibilizar la tutela de derechos individuales con la protección del empleo y la viabilidad de las empresas.
- La decisión de la empleadora de aplicar las suspensiones pactadas se ajustó al procedimiento legal previsto, sin configurar un incumplimiento contractual que habilitara el distracto indirecto invocado por el actor.
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