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RODRIGUEZ, JORGE PABLO c/ PROVINCIA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor reclamó una indemnización por accidente de trabajo y enfermedades laborales. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y elevó el monto de la condena, ordenando la actualización del capital por el índice RIPTE.

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Indemnización por accidente de trabajo y enfermedades laborales
- Decisión: La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, elevando el monto de la condena a $2.259.223,58 y ordenando su actualización por el índice RIPTE. Dejó sin efecto la declaración de inconstitucionalidad del art. 7° de la ley 23.928. Estableció un interés del 6% anual sobre el capital hasta la liquidación definitiva, y luego la tasa activa del Banco Nación con capitalización semestral. Fundamentos principales:
- El cálculo de la indemnización por incapacidad permanente total debe realizarse conforme al art. 15 ap. 2 de la ley 24.557, y no el art. 11 inc. 4.
- Corresponde aplicar el régimen de actualización por el índice RIPTE establecido en el art. 12 de la ley 24.557 según el texto del DNU 669/19, y no el IPC.
- El RIPTE constituye un mecanismo de actualización válido, que evita la afectación de la garantía de propiedad.
- Además del capital actualizado por RIPTE, corresponde aplicar un interés del 6% anual desde la fecha del daño hasta la liquidación, y luego la tasa activa del Banco Nación.

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