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FIDEICOMISO TAMBORINI 2715 c/ EN-M JUSTICIA DDHH Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS

El Fideicomiso Tamborini 2715 promovió demanda por daños y perjuicios derivados de la nulidad de un contrato de compraventa. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal modificó la sentencia y limitó la restitución de la suma pagada por el inmueble exclusivamente a las vendedoras.

Nulidad de contrato Danos y perjuicios Subdivision de inmueble Responsabilidad concurrente Falta de servicio Prueba de perdida de chance.

Daños y perjuicios derivados de la nulidad de un contrato de compraventa de un inmueble
- Decisión:
- Se declaró la nulidad relativa del contrato de compraventa
- Se ordenó a las hermanas Balestra restituir la suma de USD 225.000 pagada en concepto de precio
- Se rechazó la indemnización solicitada por el actor en concepto de "pérdida de chance"
- Se limitó al 70% los gastos de escrituración que deben ser reintegrados por las hermanas Balestra y el Estado Nacional (35% cada uno)
- Se revocó la condena al escribano de Bártolo y a la inmobiliaria Raúl Mel Propiedades S.R.L. Fundamentos principales:
- El error en las características del inmueble vendido (subdivisión no registrada) configuró un vicio esencial que justifica la nulidad del contrato.
- Si bien las vendedoras omitieron informar la subdivisión, el comprador también incurrió en negligencia al no verificar adecuadamente la situación catastral del inmueble antes de concretar la compraventa.
- El Registro de la Propiedad Inmueble incurrió en falta de servicio al no dejar constancia de la subdivisión del predio.
- El escribano y la inmobiliaria no pueden ser condenados en este proceso por no haber sido demandados originariamente.

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