LUTRI, LUCIA ANTONIA c/ ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - ANSES s/PENSIONES
La viuda del causante logró que se le otorgue la pensión por fallecimiento, al considerarse que los aportes realizados por este durante su vida laboral, si bien no completaban el mínimo exigido, representaban más del 50% de lo requerido.
- Actor: Lucia Antonia Lutri
- Demandado: Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES)
- Objeto: Impugnación de resolución que denegó pensión por fallecimiento del causante
- Decisión: La Cámara Federal de Córdoba confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda.
Fundamentos:
- El art. 95 de la Ley 24.241 establece que para acceder a la pensión, el causante debe encontrarse efectuando regularmente aportes.
- El Decreto 460/99 reglamentó los requisitos para considerarse aportante regular o irregular con derecho.
- La jurisprudencia de la CSJN ha establecido que la regularidad debe valorarse sobre los períodos trabajados, no sólo sobre el último período previo al fallecimiento.
- En el caso, si bien el causante no cumplía con los aportes en los últimos 60 meses, había acreditado 17 años, 5 meses y 19 días de aportes, lo que representa más del 50% de la vida laboral requerida, por lo que se lo consideró aportante irregular con derecho.
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