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PEPI, ELENA RAQUEL c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD

La Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba confirmó la sentencia que ordenó a ANSES determinar el haber inicial del jubilado y realizar el reajuste de la prestación previsional conforme la doctrina jurisprudencial.

Costas Impuesto a las ganancias Reajuste de haberes previsionales Isbic Ley 26.417 Ley 27.426


¿Quién es el actor?

Elena Raquel Pepi

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajuste de haberes previsionales

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba confirmó la sentencia de primera instancia que ordenó a ANSES determinar el haber inicial del jubilado y realizar el reajuste de la prestación previsional conforme la doctrina establecida por la CSJN en el fallo "Elliff". Asimismo, confirmó la declaración de inconstitucionalidad de diversas normas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Cámara reiteró su jurisprudencia en cuanto a la aplicación del ISBIC para la actualización de las remuneraciones hasta febrero de 2009, y la Ley 26.417 a partir de entonces, hasta la fecha de adquisición del derecho.
- Respecto a la Ley 27.426, la Cámara confirmó su postura en casos previos sobre la aplicación de la fórmula de movilidad de la Ley 26.417.
- En relación al Impuesto a las Ganancias, la Cámara siguió el criterio de la CSJN en el precedente "García, María Isabel".
- En cuanto a las costas, la Cámara declaró la inconstitucionalidad del art. 21 de la Ley 24.463, aplicando el régimen general del CPCCN.

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