COMPAÑIA ARGENTINA DE SEGUROS LA MERCANTIL ANDINA SA c/ EN- DGA s/DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirma los honorarios de la letrada apoderada de la parte demandada por su actuación en distintas etapas del proceso.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Cámara Contencioso Administrativa Federal resuelve: (i) Elevar a $58.800 los honorarios correspondientes a la Dra. Graciela Ángela Couto, letrada apoderada de la parte demandada, por su intervención en la primera etapa del proceso. (ii) Confirmar los honorarios regulados a favor de la mencionada profesional por su intervención en la segunda y tercera etapas. (iii) Regular la suma de $138.748,80, equivalente a 1,92 UMA, en concepto de honorarios profesionales de la Dra. Graciela Ángela Couto por su actuación ante la Alzada, en particular por la presentación efectuada a fs. 126/134. La resolución señala que las retribuciones no incluyen el Impuesto al Valor Agregado, el cual deberá adicionarse conforme a la situación fiscal de la profesional.
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