Logo

CAÑETE GABRIEL BIENVENIDO C/ DEFENSA Y FIDELIDAD LA UNION S.R.L. S/ DESPIDO

La demandante fue despedido injustificadamente por la empleadora, y el tribunal confirmó la improcedencia del despido y condenó a la demandada al pago de la suma de $51.399,00 por indemnizaciones y otras acreencias, además de certificados de trabajo y costas.

El actor, Gabriel Bienvenido Cañete, demandó a Defensa y Fidelidad La Unión S.R.L. reclamando indemnizaciones por despido injustificado, con base en que la causal invocada por la empleadora no fue acreditada y que la relación laboral inició el 22/8/14 y finalizó el 07/04/15. La empleadora alegó que el despido fue por justa causa debido a hechos de abandono de trabajo y amenazas, pero no presentó prueba suficiente para acreditarlo, limitándose a la carta de despido y las comunicaciones, que el tribunal consideró insuficientes. El tribunal concluyó que la relación laboral existió y fue correctamente registrada, que el despido se produjo sin causal acreditada, por lo que se consideró incausado y, en consecuencia, procedente la indemnización prevista en la ley. Se determinaron montos por indemnización por antigüedad, preaviso, integración mes de despido, vacaciones no gozadas, SAC proporcional, salario de marzo y abril, y multa por incumplimiento de pago. La sentencia también condenó a la demandada a entregar certificados de trabajo en 30 días y costas. La condena fue por la suma de $51.399,00, con intereses calculados según tasas oficiales y en concepto de costas. Fundamentos principales: "Concluyo también que la relación entre las partes se hallaba correctamente registrada por la accionada. [...] La causal invocada no fue acreditada por la accionada, quien no se presentara a estar a derecho ni produjera prueba alguna a tales fines, por lo que tal orfandad me lleva a juzgar, a la luz de lo preceptuado por el art. 242 de la LCT, como incausado el despido por ella dispuesto, con las consecuencias legales que ello acarrea." "Por aplicación de las reglas de la sana crítica [...] y en atención a lo analizado en el punto que antecede, concluyo que las partes se hallaron unidas por un contrato de trabajo [...] y que la relación se extinguió con fecha 7/4/15 por decisión de la empleadora, quien invocara antecedentes, entre ellos hechos no acreditados, para justificar la extinción." "En consecuencia, habiendo sido el despido declarado injustificado, corresponde condenar a la demandada a abonar las sumas detalladas en el fallo, con intereses y costas, conforme a los criterios de la ley y doctrina aplicables." Palabras clave

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar