QUEVEDO ALEJANDRO EZEQUIEL C/ VAZQUEZ LEONOR SOLEDAD y otros S/ DESPIDO
El tribunal homologó un acuerdo conciliatorio en reclamo por despido, con una suma de $9.000.000, considerando que no vulnera normas de orden público y es justo. La homologación otorga fuerza de cosa juzgada, con costas a las accionadas y regulación de honorarios profesionales.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El expediente caratulado "Quevedo Alejandro Ezequiel c/ Vazquez Leonor Soledad y otros s/ despido" fue resuelto mediante homologación de un acuerdo conciliatorio celebrado el 17 de junio de 2025. La parte actora, Alejandro Quevedo, y las demandadas, Leonor Vazquez, Mario Ricardo Gomez y Distribuidora Los Cuatro del Sur S.R.L., arribaron a un acuerdo por la suma de $9.000.000, que fue homologado con fuerza de cosa juzgada. El tribunal consideró que el convenio no vulnera norma alguna de orden público y que se ajusta a los arts. 12 y 15 de la Ley de Contrato de Trabajo (Ley 20.744). La homologación implica que el acuerdo tiene validez y efectos de sentencia definitiva, ordenando a las partes cumplir con lo pactado, imponiendo las costas a las demandadas en el porcentaje establecido, y regulando honorarios profesionales y tasas de justicia. Además, se desestimó la petición de eximición de tasa de justicia formulada por las codemandadas. El tribunal advirtió que las sumas deben depositarse en la cuenta judicial correspondiente y que los honorarios de abogados y peritos deben abonarse en los plazos legales, bajo apercibimiento de ejecución. La resolución se fundamenta en la conformidad de las partes, la adecuación a la normativa laboral y la justicia del acuerdo, que resuelve de manera definitiva el conflicto laboral.
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