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SIVORI MARTIN CARLOS DANIEL C/ FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL

La sentencia declara procedente la demanda por accidente laboral, condenando a la Provincia de Buenos Aires a pagar una suma de $29.559.462, actualizada a valor presente, por prestaciones derivadas de la ley 24.557 y ley 26.773. La decisión se basa en la valoración de la prueba pericial y la inconstitucionalidad del artículo 7 de la ley 23.928, aplicando índices oficiales y ajustando las tasas de interés para garantizar una reparación justa.

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El actor, CARLOS DANIEL SIVORI MARTÍN, demanda a la PROVINCIA DE BUENOS AIRES por prestaciones derivadas de un accidente de trabajo ocurrido el 2 de julio de 2016. La causa analiza la validez de la ley 24.557, la ley 26.773, y el impacto de la inflación en las indemnizaciones laborales. La sentencia destaca que el accidente se produjo durante tareas de patrullaje policial, que el actor sufrió lesiones en rodilla y cervical, y que las secuelas físicas y psíquicas fueron evaluadas mediante informes periciales en medicina y psicología. La pericia médica concluyó una incapacidad del 22.9%, ajustada con factores de dificultad y edad. La pericia psicológica determinó que no existió daño psíquico. La resolución también abordó la constitucionalidad del sistema de actualización de créditos laborales, declarando la inconstitucionalidad del artículo 7 de la ley 23.928 por afectar la función resarcitoria y aplicando índices oficiales (RIPTE) para la actualización del capital. La cuantificación de la condena se fijó en $29.559.462, con intereses del 3% anual desde el 2 de julio de 2016. La sentencia fundamenta que la inflación y la demora en la tramitación judicial han reducido el valor real de las prestaciones, justificando la actualización con índices oficiales y la declaración de inconstitucionalidad del sistema de actualización anterior. La decisión se basa en la valoración de la prueba pericial, la evolución jurisprudencial y constitucional, y la necesidad de garantizar una reparación justa en el marco del Derecho laboral y constitucional argentino, especialmente ante la inflación y la dilación judicial.

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