COSTA, JOSE ANGEL C/ PROVINCIA ART S.A. S/ENFERMEDAD PROFESIONAL
Homologación de acuerdo transaccional en expediente por enfermedad profesional; se aprueba la conciliación y se ordena cumplimiento del pago en los términos acordados.
- Quien demanda: JOSE ANGEL COSTA
- A quien se demanda: PROVINCIA ART S.A.
- Qué se reclama: homologación del acuerdo transaccional en proceso por enfermedad profesional y orden de pago de $30.800 en concepto de costas, además del cumplimiento de los pagos acordados.
- Qué se resolvió: el tribunal homologó el acuerdo celebrado entre las partes, con salvedad de la cláusula "IV)", y ordenó a la demandada que efectúe los pagos en los plazos y formas estipulados, suspendiendo los plazos hasta la acreditación de la cuenta. Además, eximió a la actora del pago de costas. La homologación se realiza porque el acuerdo cumple con los requisitos legales, no implica renuncias a derechos ni afecta disposiciones de orden público, y toda la operatoria se realiza en conformidad con la ley 15.057 y la ley 20.744. Se regulan honorarios profesionales y gastos conforme a las normas aplicables.
- Fundamentos principales:
"Atento que lo pactado libremente por las partes, cumple con los recaudos legalmente exigibles para alcanzar una justa composición de los intereses de las mismas, toda vez que no implica renuncias a derechos del trabajador que se supongan reconocidos por el demandado en autos, ni afecta disposiciones de orden público en vigencia, soy de opinión favorable a homologarlo en todas sus partes, en cuanto involucra la totalidad de los rubros reclamados y acuerdo sobre las costas ocasionadas (arts. 15, ley 20.744 t.o.; 833 y sigts. del C. Civil; 73 y concs. del CPCC; 24, 30 y 89, ley 15.057)."
"Se ha alcanzado una justa composición de los derechos e intereses de las partes, por lo que corresponde homologar el acuerdo y ordenar el cumplimiento de los pagos en los términos acordados."
"Asimismo, se regula el pago de costas, honorarios y gastos, estableciendo plazos y formas de acreditación, en conformidad con las leyes procesales y la normativa tributaria."
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: