AGUIRREZ RODOLFO DANIEL C/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A.U. S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057
La homologación de la conciliación en una acción por revisión de beneficios laborales. La Cámara de Trabajo de Quilmes homologó la conciliación, autorizando el pago de $6.000.000 y eximiendo costas y tasas, por considerar que la misma asegura una justa composición de intereses y derechos.
- Quién demanda: AGUIRREZ RODOLFO DANIEL
¿A quién se demanda?
FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A.U.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Homologación de conciliación por la suma de $6.000.000 en concepto de beneficios laborales reclamados en autos.
¿Qué se resolvió?
Se homologó la conciliación celebrada, autorizando el pago, eximiendo costas y tasas, y regulando honorarios y formas de pago.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La conciliación arribada alcanza, a mi entender, una justa composición de los derechos e intereses de las partes no enervando consecuentemente, las disposiciones laborales de orden público emanado de los arts.15 y 263 L.C.T., por lo que corresponde su homologación para que las mismas puedan beneficiarse con los efectos de la cosa juzgada (art. 30 de la Ley 15.057
- RC 1840/24 SCBA)."
"Las partes han pactado un acuerdo que satisface los principios de equidad y cumplimiento de las disposiciones legales laborales, por lo que resulta procedente homologar la misma."
"Se eximen a las partes del pago de las costas y de la tasa de justicia, atendiendo a la naturaleza del acuerdo y a la voluntad de las partes en conformidad con el art. 30 de la Ley 15.057."
"Asimismo, se regulan honorarios profesionales y se establecen los mecanismos para el pago de los mismos, garantizando la correcta ejecución del acuerdo."
"El acuerdo cumple con las condiciones de legalidad y justicia que justifican su homologación, asegurando la efectividad y cumplimiento del mismo."
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