SOTO ANDREA CELESTE C/ PROVINCIA ART SA S/ ENFERMEDAD PROFESIONAL
La demanda por indemnización de enfermedad profesional por contagio de COVID-19 fue aceptada y condena a la ART a pagar $841.906, con intereses y costas. La sentencia fundamenta la relación laboral, causalidad, incapacidad, y la constitucionalidad del marco legal aplicado.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, Andrea Celeste Soto, demanda a la Provincia A.R.T. S.A. por enfermedad profesional derivada de contagio de COVID-19, alegando que fue expuesta en su trabajo en tareas de mantenimiento en la Municipalidad de Esteban Echeverría. La demandada negó la relación laboral y la causalidad, argumentando que la atención médica y las prestaciones fueron oportunas y que no se le adeuda suma alguna. La sentencia concluye que la enfermedad tiene carácter profesional, se acreditó la relación laboral, la exposición laboral, y que el contagio se produjo en cumplimiento de sus tareas, considerándose que la normativa vigente en el momento del conocimiento de la incapacidad es la ley 24.557 y sus modificaciones, entre ellas la ley 26.773 y 27.348. Se rechaza el planteo de inconstitucionalidad del DNU 669/19 y se declara la procedencia de la demanda, condenando a la ART a pagar $841.906 con intereses desde el 08/08/2020, tasa activa del Banco de la Nación Argentina, y costas. La fundamentación destaca que la enfermedad COVID-19 producida por SARS-CoV-2 se considera presuntivamente de carácter profesional para trabajadores esenciales, y que la relación causal y la incapacidad se encuentran debidamente acreditadas. La sentencia además analiza la constitucionalidad de normas y DNU, determinando que la ley 24.557 y sus modificatorias son aplicables y constitucionales.
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