SAN MIGUEL, CYNTHIA SOLANGE C/RAMALLO, PAULA S/DESPIDO
Tribunal del Trabajo Nº 2 de Avellaneda-Lanús decreta la caducidad de la instancia por desinterés de la parte actora en cumplir con diligencias procesales, imponiendo costas a la actora.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La causa fue promovida por Cynthia Solange San Miguel contra Paula Ramallo por despido. En el incidente, el Tribunal analizó si correspondía decretar la caducidad de instancia debido a la falta de actividad y desinterés de la parte actora en cumplir con las intimaciones del Tribunal, en virtud de lo dispuesto en el art. 11 Ley 15.057 y el art. 315 del C.P.C.C. El Tribunal sostuvo que: "El procedimiento laboral es uno de aquellos cuyo impulso corresponde a las partes, al Tribunal y al Ministerio Público. Sin embargo, este deber cesa cuando la parte a quien incumbe realizar diligencias esenciales para la prosecución del trámite, con su desinterés evidente, obstaculiza el normal desenvolvimiento del proceso." Agregó que: "En tales condiciones y habiéndose formulado en forma infructuosa la respectiva intimación en los términos prescriptos por los art. 11 de la Ley 15.057 y art. 315 del C.P.C.C., sin haberse verificado actividad tendiente al avance del proceso, cabe decretar la caducidad de instancia." Asimismo, las costas fueron impuestas a la actora por ser responsable del atraso procesal. La resolución fue adoptada en conjunto por los jueces, quienes adhieren a los fundamentos expuestos, y la sentencia concluyó en la declaración de la caducidad de la instancia.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: