INSUA JORGE ALEJANDRO C/ GOBERNACION DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ MATERIA A CATEGORIZAR (2)
Regularización de honorarios por actuaciones extrajudiciales en sede administrativa por tareas en Comisión Médica Jurisdiccional. La Cámara del Trabajo de Morón confirmó los honorarios y la base regulatoria, y ordenó el pago por parte de la demandada, considerando la actuación profesional y la escala arancelaria correspondiente.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El proceso regula los honorarios del Dr. Jorge Alejandro Insua por su actuación en sede administrativa ante la Comisión Médica Jurisdiccional, en el marco de la ley de Riesgos del Trabajo 24.557 y modificatorias. Se determinó que intervino en la totalidad del procedimiento, avalando la intervención de otro profesional, y se acordó un monto base regulatoria de $375.807,42, representando la cuantía ventilada en dicha sede. La regulación de honorarios se realizó en base a la escala del art. 44 inc. b) de la ley 14.967, proponiendo un monto de $203.420, equivalente a 5 JUS, más el 10% de aporte legal y IVA si correspondiese. Además, se condenó a la demandada a abonar los honorarios en el plazo de 10 días bajo apercibimiento de ejecución, estableciéndose además costas y honorarios a la parte demandada por la acción incidental, con la regulación respectiva y la orden de depósito en cuenta judicial. La decisión se fundamenta en la naturaleza y extensión de las tareas desplegadas, la escala arancelaria y la normativa aplicable, concluyendo que los honorarios regulados son proporcionales y adecuados a las tareas realizadas, y que la demandada tiene la obligación de abonar en tiempo y forma.
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