SALOMONE MARTA VANESA SOLEDAD C/ JETLIMP SA S/ HOMOLOGACION DE CONVENIO
Homologación de acuerdo conciliatorio en proceso laboral, con confirmación de la validez del acuerdo y regulación de costas y honorarios. La homologación fue aprobada, y se ordenaron pagos y notificaciones correspondientes. La decisión se fundamenta en la legalidad del acuerdo, la inexistencia de condiciones excepcionales, y la naturaleza remuneratoria de la tasa de justicia.
La parte actora, Marta Vanesa Salomone, demandó a la empresa Jetlimp S.A. en un proceso laboral. La audiencia concluyó en un acuerdo conciliatorio que fue presentado y sometido a homologación por el Tribunal del Trabajo Nº 1 de La Plata. La resolución dispuso homologar la conciliación, ratificar los términos del acuerdo y ordenar el cumplimiento de obligaciones, incluyendo el pago de honorarios, costas y tasas judiciales. La fundamentación principal destacó que lo pactado cumple con los requisitos legales para una justa composición de los derechos, y que no existen condiciones excepcionales que justifiquen eximir de costas, considerando que la tasa de justicia tiene naturaleza remuneratoria. Además, se ordenó a la parte demandada la realización de depósitos en concepto de tasas y contribuciones y se establecieron instrucciones para las notificaciones y retiro de documentación. La decisión fue votada por unanimidad de los jueces.
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