DIAZ ANDRES EXEQUIEL C/ EXPERTA A.R.T S.A S/ ENFERMEDAD PROFESIONAL
El tribunal homologó la conciliación alcanzada en el proceso por enfermedad profesional, resolviendo además sobre costas y honorarios. La decisión se fundamentó en que el acuerdo cumplía con los requisitos legales y no implicaba renuncias a derechos del trabajador.
El actor, DIAZ ANDRES EXEQUIEL, demandó a la empresa EXPERTA A.R.T S.A por enfermedad profesional. Las partes alcanzaron un acuerdo conciliatorio que fue presentado para homologación. El tribunal, tras analizar el cumplimiento de los requisitos legales, resolvió homologar en todas sus partes el acuerdo, considerando que no implicaba renuncias a derechos del trabajador ni afectaba disposiciones de orden público. Además, se regulan honorarios de letrados, costas y se intimó a la demandada a depositar la tasa retributiva de servicios judiciales y contribución correspondiente, bajo apercibimiento de remitir los antecedentes a la Dirección General de Asesoría Pericial del Poder Judicial. La fundamentación principal se basa en que "lo pactado libremente por las partes, que informa el escrito presentado, cumple con los recaudos legalmente exigibles para alcanzar una justa composición de los derechos e intereses de las mismas, toda vez que no implica renuncias a derechos del trabajador que supongan derechos reconocidos, ni afectan disposiciones de orden público en vigencia". La opinión del juez Nicolás Vigliaro lo fue en sentido favorable a homologar, y los otros jueces Bordino y Marcasiano compartieron sus fundamentos, concluyendo que "el acuerdo es válido y debe homologarse".
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