DÍAZ EMANUEL ÁNGEL C/ BANQUERO JORGE HÉCTOR S/ DESPIDO
La sentencia reconoce la extinción del vínculo laboral por despido justificado y condena al empleador a pagar más de 9 millones de pesos en conceptos indemnizatorios y salarios adeudados, confirmando la decisión de primera instancia basada en la prueba y los hechos acreditados.
- Quién demanda: Emanuel Ángel Díaz.
¿A quién se demanda?
Jorge Héctor Banquero.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
indemnización por antigüedad, preaviso, integración mes de despido, salarios, vacaciones no gozadas, indemnización art. 80 y art. 132 bis LCT, entre otros conceptos.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda y se condenó al demandado a pagar $9.070.346,27 en concepto de capital y $10.707.357,39 en intereses, por la suma total de aproximadamente $19 millones.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
“El vínculo laboral fue acreditado mediante los recibos de haberes y los telegramas de intimación, los cuales constituyen prueba suficiente para determinar la existencia del contrato y su extinción justificada. La normativa aplicable, especialmente los arts. 74, 232 y 246 de la LCT, respalda la validez del despido por telegrama, y la ausencia de pago de salarios y aportes justifica las indemnizaciones reclamadas. La inconstitucionalidad del Decreto 70/23 fue rechazada por insuficiencia argumental, y la tasa de interés aplicada es la pasiva digital por su adecuación a la jurisprudencia vigente. La suma total demandada fue calculada con base en la prueba pericial y la liquidación presentada, resultando en la condena.” “Se rechazan los planteos de inconstitucionalidad y la aplicación de intereses distintos, manteniendo la normativa y tasas vigentes.” “Las costas del proceso son a cargo del demandado vencido, y se regulan honorarios profesionales conforme a la ley y la magnitud del trabajo realizado.”
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