ESCOBAR GRISELDA TERESITA C/ MUNICIPALIDAD DE LANÚS S/ PRETENSION ANULATORIA - EMPL.PUBLICO
La sentencia rechaza la demanda de nulidad del Decreto 56/2024 y confirma la legitimidad del acto administrativo de baja de la actora en su cargo en la Defensoría del Pueblo de Lanús, fundamentando que no existió vulneración de estabilidad ni ilegalidad en la desvinculación.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, Griselda Escobar, demanda la nulidad del Decreto 56/2024 que dispuso su baja en el cargo de Directora en la Defensoría del Pueblo de Lanús, alegando vulneración de su estabilidad en el empleo, motivación insuficiente del acto y violación a derechos constitucionales. La demandada, Municipalidad de Lanús, argumenta que la relación laboral de la actora nunca fue de planta permanente con estabilidad y que las designaciones fueron interinas y sin reserva de cargo de estabilidad, además de que el acto de baja fue conforme a la normativa vigente y fundamentado correctamente. El tribunal concluye que la actora no acredita vínculo de estabilidad en el cargo y que la designación fue en carácter interino, por lo que el Decreto 56/2024 resulta legítimo y no vulnera derechos constitucionales. Asimismo, rechaza la pretensión de indemnización por daños y perjuicios y confirma la validez del acto administrativo. La sentencia destaca que la normativa aplicable, en especial la Ley 14.656, y las Ordenanzas municipales, excluyen de estabilidad a quienes no poseen carácter de planta permanente o de carrera, y que las designaciones en cargos políticos o interinos no generan derechos de estabilidad.
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