PERRET GRACIELA SUSANA C/ INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL S/ PRETENSION ANULATORIA - PREVISION
La Cámara de La Plata confirmó la sentencia que reconoció a la actora el derecho a la jubilación en base al 85% del cargo, por acreditar servicios con aportes íntegros y cumplir los requisitos legales, rechazando la apelación del IPS que sostenía un reconocimiento menor por supuestos incumplimientos.
- Quién demanda: Graciela Susana Perret, ex docente con 33 años de servicios y 69 años de edad.
¿A quién se demanda?
Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajuste del haber jubilatorio al 85%, retroactivo desde el 14/08/2016, incluyendo pago de diferencias y actualización.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia que ordenó el reajuste del haber previsional al 85%, considerando que todos los servicios aportados fueron como docente con aportes íntegros, y que la normativa aplicable favorece el reconocimiento completo del derecho.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El régimen previsional aplicable no impone la exclusividad de aportes en las distintas categorías de servicios prestados ni excluye los casos en que se combinan a través del cómputo mixto o prorrateo previsto en el artículo 27 del dec. ley 9650/80; con lo cual, no corresponde, por imperativo del art. 39 inc. 3° de la Constitución provincial, que por vía hermenéutica se establezca una limitación a los destinatarios de la seguridad social que no fue expresamente prevista en el texto legal". Se concluyó que la actora cumplió con los requisitos para acceder al beneficio completo, dado que acreditó 33 años de servicios docentes con aportes íntegros, y que la interpretación de la normativa favorece el reconocimiento del 85%. La apelación del IPS fue rechazada en todos sus términos.
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