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SABATÉ ANGELA HAYDEE C/ INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL S/ AMPARO POR MORA

La Cámara ordena al IPS resolver con celeridad la solicitud de jubilación por mora y dicta un plazo de 30 días para emitir el acto administrativo final, concluyendo que se configura la demora en la resolución administrativa.

Plazos procesales Jubilacion Proceso administrativo Informe tecnico Amparo por mora Acto administrativo final Demora en resolucion Inaccion administrativa Derechos del interesado Normativa ley 7647.

¿Qué se resolvió en el fallo?

La actora, Angela Haydeé Sabaté, demanda al Instituto de Previsión Social por mora en la resolución de su trámite de jubilación por cierre de cómputos iniciado el 22/08/2024, sin respuesta a la fecha. Solicita que se ordene a la administración dictar el acto en un plazo razonable. La administración informó que las actuaciones estaban en trámite y en intervención de organismos asesores, sin haber dictado aún la resolución. La Cámara concluye que la demora se configura por la inacción en la emisión del informe técnico requerido, y ordena al IPS emitir dicho informe en 10 días y dictar la resolución final en 30 días, por lo que se hace lugar a la acción de amparo por mora. La decisión se fundamenta en que la demora en la emisión del informe técnico y en la resolución definitiva vulnera los derechos del solicitante, configurándose la mora administrativa. Se imponen costas a la demandada por incumplimiento de los plazos legales y se regulan honorarios profesionales.

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