MUNICIPALIDAD DE FLORENCIO VARELA C/ INSTITUTO DE LA VIVIENDA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - OTROS JUICIO
La Cámara ordena al Instituto de la Vivienda reactivar la funcionamiento de la planta de tratamiento de líquidos cloacales en Barrio San Jorge, ante su estado de abandono y la afectación a la salud y al ambiente.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Municipalidad de Florencio Varela demanda al Instituto de la Vivienda para que ponga en funcionamiento la planta de tratamiento de líquidos cloacales en Barrio San Jorge, construida con fondos del Programa Federal, que actualmente se encuentra en estado de abandono y sin operar, vertiendo líquidos sin tratar al Arroyo Las Piedras, afectando la salud pública y el ambiente. La parte actora argumenta que ha realizado múltiples gestiones y notificaciones sin respuesta, incluyendo informes técnicos y decretos de emergencia sanitaria. La pericia ingenieril en autos confirma que la planta está sin operar, con sus instalaciones vandalizadas y sin personal trabajando, lo que provoca vuelcos sin tratamiento al arroyo. La jurisprudencia y el derecho constitucional (art. 41 C.N.) respaldan la obligación del Estado de garantizar condiciones sanitarias y ambientales adecuadas. El tribunal concluye que la falta de cumplimiento por parte del Instituto de la Vivienda ha generado un peligro para la salud pública y ordena que en 60 días se reactive la planta, imponiendo las costas a la parte demandada. La decisión se fundamenta en la prueba pericial y en la evidencia documental, confirmando que la planta se encuentra en estado de abandono.
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