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SALDAÑA EMILIANO NICOLAS C/ RODAS RICARDO Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)

La Cámara de Avellaneda rechazó la demanda por daños y perjuicios por accidente de tránsito, confirmando la responsabilidad del actor por incumplimiento de la prioridad de paso en la intersección, y sostuvo que la culpa fue exclusiva de la víctima.

Responsabilidad objetiva Responsabilidad civil Prioridad de paso Culpa de la victima Danos materiales Lesiones Responsabilidad por riesgo Accidente transito Responsabilidad del conductor. Ley 24.449

El actor, Emiliano Nicolás Saldaña, demandó a Ricardo Rodas por lesiones y daños materiales tras colisión en una intersección, reclamando indemnización. La demandada y la aseguradora reconocieron el hecho pero alegaron culpa exclusiva del actor por violar la prioridad de paso. La sentencia concluyó que el accidente ocurrió por incumplimiento de la regla de prioridad del demandado, quien circulaba por la derecha en una avenida, y que la víctima actuó con culpa al no respetar esa prioridad. La prueba pericial en ingeniería mecánica no pudo determinar la mecánica exacta del hecho, pero sí coincidió en la ubicación de los daños en los vehículos. La valoración de la prueba y la normativa de tránsito (art. 41 de la ley 24.449) llevaron a confirmar que el demandado tenía prioridad y que la culpa de la víctima fue responsable del daño, por lo que se rechazó la demanda. Las costas fueron soportadas por el actor, por ser la parte vencida.

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