BUSTOS JUAN CARLOS S/ SUCESION AB-INTESTATO
Decisión judicial sobre la inscripción de ratificación de partición en un proceso sucesorio. La resolución ordena la inscripción de la ratificación de partición y la inscripción de ciertos antecedentes registrales, siempre que no existan gravámenes ni restricciones que afecten la disponibilidad del bien.
El actor, Juan Carlos Bustos, solicita la inscripción de la ratificación de partición adunada en fecha 24/04/2024, junto con una inscripción previa ordenada en fecha 31/07/2023. La resolución judicial, en atención a la presentación presentada electrónicamente el 21/02/2025 y la solicitud de reiteración del 20/05/2025, ordena que, siempre que no existan gravámenes, restricciones, inhibiciones ni otras medidas que afecten la disponibilidad, se proceda a la inscripción de la ratificación de partición y de los antecedentes registrales correspondientes. La resolución también indica que el registro debe abstenerse de tomar nota si existen dichas circunstancias y que debe consignar los datos pertinentes en el oficio respectivo. Fundamentos principales: La resolución señala que "en atención a lo pedido y siempre que no se registren gravámenes, restricciones, inhibiciones ni ninguna otra medida que afecten su disponibilidad debiendo abstenerse el Registro respectivo de tomar nota ante la existencia de cualquiera de las circunstancias enunciadas". Además, que "procédase a la inscripción de la ratificación de partición adunada en fecha 24/04/2024, conjuntamente con la inscripción ordenada a fecha 31/07/2023". La decisión se basa en la existencia de antecedentes registrales y en la necesidad de garantizar que no existan impedimentos que afecten la registrabilidad del acto. No se mencionan votos en disidencia ni consideraciones adicionales.
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