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MANSILLA ANGELICA DANIELA C/ FINOCHI ALEJO Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)

La jueza homologó un acuerdo transaccional entre las partes en un proceso por daños y perjuicios derivados de un accidente automovilístico, estableciendo un pago de $4.500.000 a favor del menor S.T.N., y dispuso su depósito, inversión y homologación en juicio conexo, además de regular honorarios y costas.

La jueza homologó un acuerdo transaccional en el expediente de daños y perjuicios por un accidente automovilístico, en el que la parte actora, M.A.D., y la aseguradora Federación Patronal Seguros S.A.U., pactaron un pago de $4.500.000 a favor del menor S.T.N. La suma fue reconocida en una conciliación y se dispuso su depósito en una cuenta judicial con instrucciones de inversión y plazo fijo. La homologación está condicionada a la existencia de un juicio conexo en trámite en el mismo juzgado, en el que también se homologó un acuerdo que depende de la homologación presente. La resolución también regula los honorarios de la representación letrada de las partes, y las costas, estableciendo montos específicos y distribución en función de la escala legal vigente. Se ordenó la comunicación del acuerdo al juzgado conexo, y se hizo referencia a las tasas de justicia y contribución, así como a los honorarios profesionales, con detalles sobre el pago y las formas de cobro. Fundamentos principales: “Visto este expediente: la conformidad prestada por la Asesora de incapaces en el escrito en proveimiento, y lo normado por el art. 308 del C.P.C.C., decreto la homologación del acuerdo transaccional celebrado entre las partes y acompañado al expediente el 5/6/2025, por la suma total de $4.500.000, reconocida a favor del menor S.T.N.” “En atención a lo expuesto en la cláusula tercera, tercer párrafo, toda vez que las partes denuncian la existencia de un juicio conexo (diferentes actores, mismo siniestro, misma compañía) en trámite ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial n° 13 (causa: C.N.C y otros c/ F.A y otros s/ daños y perj. autom. c/ Les. o muerte (exc. estado)), cuya homologación de acuerdo allí celebrado, se encontraba supeditada a la homologación del presente, conforme lo pedido, ordeno se libre oficio por Secretaría a ese Juzgado a fin de hacer saber la homologación resuelta en esta causa, con copia de esta resolución.” “Se regula además los honorarios a favor de los abogados, en conformidad con la ley 14967, y se registra el acuerdo de pago y distribución de los mismos, estableciendo los montos

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