VILLENA CRUZ REINALDO JESUS C/ RIO URUGUAY COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA S/ DAÑOS Y PERJ. INCUMP. CONTRACTUAL (EXC. ESTADO)
El juez dictó sentencia en una demanda por daños y perjuicios por incumplimiento contractual de seguros, condenando a la aseguradora a pagar $9.600.000 y los intereses, por retardo en la indemnización del robo de motocicleta, fundamentando que la aseguradora incumplió con su obligación contractual y que la conducta fue dilatoria y grave.
El actor, Reinaldo Jesús Villena Cruz, demanda a Río Uruguay Cooperativa de Seguros Limitada por daños y perjuicios derivados del incumplimiento del pago del seguro por robo total de su motocicleta Honda CBX 250 Twister, ocurrido el 06/04/2023, por la suma de $6.536.800, más actualización, intereses y costas. La aseguradora reconoció la existencia del siniestro y la cobertura, pero alegó que el actor no presentó toda la documentación requerida para el pago, y que la demora en la respuesta fue por su omisión. La sentencia establece que la relación contractual se sustenta en la póliza Nº 00:20:1646125, y que la aseguradora incumplió su obligación de pagar, pese a haber sido intimada y haber admitido el siniestro. La conducta de la aseguradora, consistente en dilaciones injustificadas y negativa a exhibir documentación, justifica la condena. Se fija una indemnización total de $9.600.000, con intereses al 6% desde el 06/04/2023, y costas a la demandada. La fundamentación destaca que la Ley 24.240 y la jurisprudencia provincial establecen que en casos de incumplimiento grave, procede la condena con daños punitivos y daños emergentes, y que la conducta de la aseguradora fue de reticencia y dilación. Además, se rechazan las defensas de la aseguradora respecto a la falta de documentación, por la conducta procesal reticente y la negativa a exhibir libros, y se destaca que la ley y la jurisprudencia han declarado inconstitucional el art. 7 de la Ley 23.928 para la actualización monetaria, por lo que los intereses se liquidan conforme al 6% desde el siniestro.
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