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MOYANO MAXIMO PATRICIO C/ ONOFRE ANDRES IVAN Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)

La sentencia condenó a los demandados por daños y perjuicios derivados del accidente y rechazó la alegación de culpa de la víctima, estableciendo responsabilidad objetiva y fijando la indemnización en pesos 39.080.000 más intereses.

¿Qué se resolvió en el fallo?

La demanda fue promovida por Máximo Patricio Moyano contra Marianela Aldana Onofre y Onofre Andres Ivan, solicitando indemnización por daños físicos, psicológicos, daño moral y gastos médicos tras un accidente ocurrido el 3 de abril de 2022, en el cual el actor fue atropellado por un vehículo conducido por la demandada Marianela Aldana Onofre. La sentencia consideró que la responsabilidad del accidente es objetiva, basada en la responsabilidad del dueño y guardián del vehículo, y que no quedó demostrado que la culpa fuera de la víctima, dado que la prueba pericial no pudo determinar fehacientemente la mecánica del hecho. El tribunal valoró que la lesión física del actor generó una incapacidad del 32,50%, que las secuelas psicológicas no alcanzaron a ser constatadas, y que el daño moral, considerando la gravedad del accidente y sus efectos, se fija en pesos 6.000.000. La sentencia también estimó gastos médicos en pesos 80.000 y condenó a los demandados a abonar en conjunto la suma de pesos 39.080.000, con intereses del 6% anual desde el hecho, extendiendo la condena a la aseguradora Galeno Seguros S.A. La condena también incluye costas a cargo de los demandados vencidos. Fundamentos principales: "En el marco de una responsabilidad de carácter objetiva, entiendo que en autos han quedado demostrados los extremos necesarios para el progreso de la acción promovida debiendo los demandados indemnizar al accionante por todas las consecuencias inmediatas y mediatas provocadas por el evento dañoso." "De la hoja de guardia y de la historia clínica agregadas con fecha 19/05/2023, surge que el día 3 de Abril del año 2022 el actor ingresó al Hospital Cestino de Ensenada con lesión en tobillo derecho en donde se le practican estudios y se detecta fractura de peroné y maléolo medial derechos. Con posterioridad, se decide resolución quirúrgica de su patología, practicándosele una reducción abierta y osteosíntesis el día 25/04/2022." "El perito médico legista concluye que la incapacidad parcial y permanente es del 32,50%, lo cual justifica la indemnización en pesos 33.000.000 por daños físicos." "Respecto del daño psicológico, la pericia psicológica concluye que 'los sucesos que promueven las actuaciones no han tenido para la subjetividad del peritado la suficiente entidad y peso para generarle un daño a nivel psíquico'; por ello, se rechazan los

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