SANDOVAL ROSA FRANCISCA C/ ARRARAZ JOAQUIN Y OTRO/A S/DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
La resolución suspende el llamamiento a autos y ordena notificar y citar a los síndicos liquidadores de la entidad asegurada. La decisión se fundamenta en la presentación electrónica del 02/06/2025 y está basada en el artículo 34 inciso 5 y 36 del Código Procesal y el artículo 133 de la ley 24.522, con el objetivo de continuar con el trámite procesal.
La resolución judicial fue dictada en un proceso donde no se especifica claramente quién demanda o quién es el demandado. La medida principal consiste en suspender el llamamiento a autos, decisión que fue fundamentada en la presentación electrónica efectuada por la parte actora y en el marco del proceso legal vigente. Además, se cita a los síndicos liquidadores de la entidad asegurada para que comparezcan en cinco días, a fin de que tomen intervención en las presentes actuaciones. La resolución también ordena la emisión de cédula para notificación, fundamentándose en los artículos 34 inciso 5, 36 del Código Procesal y en el artículo 133 de la ley 24.522. La motivación principal radica en la necesidad de garantizar la correcta continuación del trámite y la intervención de los liquidadores, en el contexto del proceso de liquidación de la aseguradora.
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