.................... S/ RECURSO DE QUEJA
La Cámara de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires resuelve inadmisible la queja contra la resolución que confirmó la auto de prisión preventiva por considerar que no se evidencian agravios federales o violaciones de garantías constitucionales que justifiquen su revisión en queja. La decisión se fundamenta en que la resolución de la Cámara de Garantías fue razonable y ajustada a Derecho, sin que exista un agravamiento arbitrario o una vulneración de derechos constitucionales que ameriten su revisión. La Sala concluye que la queja no cumple con los requisitos de admisibilidad del artículo 14 de la ley 48, ya que no se acreditan agravios federales de entidad suficiente, y que la resolución impugnada fue fundada en hechos y consideraciones racionales, en línea con la jurisprudencia constitucional y convencional.
La Fiscalía de la Provincia de Buenos Aires demanda la prisión preventiva de Nicolás Antonio Delmas por un delito de homicidio agravado en un contexto de violencia de género. La Cámara de Garantías confirmó la auto de prisión, considerando que las circunstancias del caso y la evidencia existente justificaban la medida cautelar. Los abogados de Delmas interpusieron recurso de casación, que fue denegado por la Cámara de Apelaciones. La defensa presentó queja ante la Tribunal de Casación, alegando arbitrariedad y fundamentación aparente. La Sala I del Tribunal de Casación analizó la admisibilidad del recurso, concluyendo que no se acreditaron agravios federales ni vulneraciones constitucionales que permitan su revisión. La decisión se fundamenta en que la resolución de la Cámara de Garantías fue razonable y ajustada a Derecho, sin evidencia de arbitrariedad o vulneración de garantías constitucionales. La Cámara de Casación, en consecuencia, declaró inadmisible la queja, confirmando la legalidad de la resolución impugnada.
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