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BORSTELMANN ROMINA Y OTRO/A C/ LAGO S.A. Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJ. INCUMP. CONTRACTUAL (EXC. ESTADO)

Se declara la caducidad de instancia en un proceso por daños y perjuicios por incumplimiento contractual. La Cámara hizo lugar a la solicitud de la demandada, confirmando que no hubo actividad procesal útil desde la última presentación del actor, en línea con lo previsto en el art. 315 del C.P.C.C.

Costas Incumplimiento contractual Notificacion Caducidad de instancia Plazo procesal Demandado Decision judicial 316 Arts. 315 317 del c.p.c.c. Actividad procesal util Demandante

La parte demandante, Romina Borstelmán, inició una acción contra General Motors de Argentina SRL y Chevrolet S.A. de Ahorro para Fines Determinados por daños y perjuicios derivados de incumplimiento contractual. La resolución del tribunal declara la caducidad de instancia, fundamentándose en que, tras la última actividad procesal útil del 11/7/2024, transcurrió un plazo sin actividad procesal útil por parte de la actor, en concordancia con el art. 315 del C.P.C.C. que establece que si la parte intimada activa el proceso y luego no realiza actividad útil en igual plazo, se decretará la caducidad de instancia. La decisión se basó en que la parte actora fue intimada a continuar el trámite el 5/2/2024, y tras manifestar su intención de continuar, no realizó ninguna actividad útil posterior, justificando el decreto de caducidad. La resolución también dispuso las costas a cargo de la actora vencida y difirió la regulación de honorarios para futura oportunidad.

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