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C., F. G. Y OTRO/A C/ C., G. L. H. Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)

La Cámara de San Isidro modifica parcialmente la sentencia de primera instancia y aumenta las partidas indemnizatorias por daños y perjuicios, fundamentando en la actualización de los cálculos y en la valoración de las circunstancias del caso. La decisión se basa en la valoración de la incapacidad, daños morales y gastos médicos.

Accidente de transito Incapacidad sobreviniente Dano moral Intereses Danos y perjuicios Responsabilidad civil Recurso de apelacion Indemnizacion Actualizacion monetaria Valoracion de danos


- Quién demanda: FGC y GCO.
- A quién se demanda: LHCG, A.S.I. SRL y la aseguradora La Mercantil Andina S.A.
- Qué se reclama: indemnización por daños materiales, incapacidad sobreviniente, daños no patrimoniales, gastos médicos, privación de uso del vehículo y actualización monetaria.
- Qué se resolvió: Se modifica la sentencia de primera instancia elevando las partidas por incapacidad y daños morales a montos superiores, reduciendo las partidas de GCO y elevando las de FGC, y rechazando el pedido de inconstitucionalidad de la norma de actualización. Fundamentos: El tribunal analiza la causalidad del accidente, la valoración de la incapacidad física, la proporcionalidad de las partidas indemnizatorias, y la aplicabilidad del interés y actualización monetaria. Se fundamenta en la jurisprudencia y doctrina sobre daños, incapacidad, daño moral, y la inflación del país. La fórmula "Vuoto" se utiliza para cuantificar las indemnizaciones, ajustando los valores por las condiciones particulares de cada actor, considerando la edad, ingresos y secuelas. La actualización monetaria y los intereses se determinan conforme a la doctrina del Tribunal y la normativa vigente, rechazando la declaración de inconstitucionalidad de la ley 23.928. La valoración de la privación de uso del vehículo se realiza en base al valor del daño y el tiempo de reparación estimado. La sentencia se ajusta a los parámetros actuales, pero mantiene la tasa del 6% hasta la fecha, y luego la tasa pasiva más alta del Banco de la Provincia de Buenos Aires. Las costas son distribuidas según las alianzas procesales y recursos interpuestos.

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