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RIVAROLA RAMON S/ ··SUCESION

La sentencia declara la sucesión intestada de Ramón Rivarola y revoca el proviso anterior que declaraba vacante la herencia, ordenando la declaración de herederos. La decisión se fundamenta en la inexistencia de causas legales que impidan la declaración solicitada y en la prueba documental aportada.

Proceso sucesorio Revocatoria Inscripcion registral Declaracion de herederos Sucesion intestada Documentacion probatoria Herederos universales Herederos en linea colateral Herencia no causa estado Herencia ramon rivarola.

¿Qué se resolvió en el fallo?

El juez deja sin efecto la declaración de herencia vacante dictada en 1985 y declara que, tras el fallecimiento de Ramón Rivarola ocurrido el 23 de marzo de 1982, le suceden en carácter de herederos universales su hermana Laura Rivarola y sus sobrinas Haydee Hilda Montes de Pesce y Raquel Laura Montes de Raskovsky, en representación de su madre Justa Ramona Rivarola, pre-fallecida. La decisión se basa en la documentación probatoria que acredita los vínculos familiares y la existencia de estos herederos, además de la ausencia de oposición o impedimentos legales. El tribunal también ordena la inscripción de la declaratoria y establece los pasos procesales necesarios para ello, como notificaciones, presentación de declaraciones juradas y pago de tasas. La fundamentación principal señala que "la declaración de herederos no causa estado", y que la revocatoria es procedente "atento las razones expuestas en el escrito en proveimiento y tomando en especial consideración lo dictaminado por el Superior". La sentencia también remarca que "lo aquí resuelto no obsta la legitimación de los hijos de los herederos fallecidos del Sr. Rivarola".

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