VAZQUEZ FRANCISCO C/ GRASSO FELIX S/ ··EJECUCION DE HONORARIOS
La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Mar del Plata revoca la decisión de primera instancia que había denegado la regulación de honorarios provisorios al letrado Dr. Di Benedetto y regula dichos honorarios conforme a la ley 8904. También confirma la regulación de honorarios del martillero Rasinsky y la resolución del 30/08/2012, considerando la naturaleza definitiva de la suspensión del remate y los parámetros legales aplicables.
El actor Francisco Vázquez demanda a Félix Grasso en ejecución de honorarios. La sentencia de primera instancia dictada en 2004 revocó la revocación del mandato del Dr. Di Benedetto y difirió la regulación de honorarios provisorios, decisión que fue apelada. La Cámara concluye que la ley 8904/77, en su art. 53, regula el caso, y que la petición del Dr. Di Benedetto de honorarios provisionales debe prosperar. Además, en lo que respecta a la regulación del honorario del martillero Rasinsky, la Cámara determina que la subasta suspendida en 2007, por causas no imputables a dicho profesional, tiene carácter de suspensión definitiva, por lo que le asiste el derecho a la regulación y percepción de honorarios, fijados en $1.650 (1,506% de la base de $109.560). La Cámara también confirma la resolución del 30/08/2012 y establece que los honorarios del profesional deben calcularse según la base regulatoria del bien subastado, en línea con la ley, y que las disposiciones de las leyes de honorarios tienen carácter de orden público. La decisión se fundamenta en que la suspensión del remate se tornó definitiva, que la ley 10.973 y su modificación 14.085 regulan la materia, y que la base de regulación no puede ser el monto del crédito, sino el valor del bien subastado.
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