BORSANI PASQUALE LUIGI ANGELO S/ AUSENCIA CON PRESUNCION FALLECIMIENTO
La sentencia declara la muerte presunta del Sr. B. P. L. A. debido a su prolongada ausencia y la falta de noticias, ordenando su inscripción en el Registro Provincial de las Personas. La decisión se fundamenta en que el causante, nacido en 1868, cumple con los requisitos legales para la declaración de fallecimiento presunto, tras cumplirse el plazo de siete años sin noticias y las diligencias probatorias realizadas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La accionante, C. M. C., demanda la declaración de ausencia con presunción de fallecimiento de su bisabuelo, Sr. B. P. L. A., nacido en Italia en 1868, con domicilio en Banfield, Lomas de Zamora. La solicitante acredita la relación familiar y la inexistencia de registro de fallecimiento en las búsquedas realizadas en registros nacionales e internacionales, incluyendo la Cámara Nacional Electoral, Policía Federal, Policía de la Provincia de Buenos Aires, y registros migratorios. Además, se presenta certificación del Estado Italiano que confirma la inexistencia de registro de defunción y el Registro Nacional de Reincidencias que también informa que los legajos son dados de baja después de 100 años desde la fecha de nacimiento. La sentencia destaca que, dado que el causante nació en 1868 y no se tiene noticia de su paradero, y que han transcurrido más de siete años sin noticias, corresponde declarar su fallecimiento presunto conforme a los arts. 110 y 117 del Código Civil, estableciendo el día 23 de junio de 1898 como fecha presunta de fallecimiento. La resolución fundamenta que se han cumplido todos los requisitos legales y que la prueba producida es suficiente para ordenar la inscripción del deceso en el Registro Provincial de las Personas, además de imponer las costas a la parte demandada y regular los honorarios del profesional actuante.
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