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MUJICA ROSA RAQUELC/ MUNICIPALIDAD DE LOMAS DE ZAMORA Y OTRO/A S/ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL

La Suprema Corte rechaza el recurso extraordinario presentado por la aseguradora de riesgos del trabajo contra la condena por accidente laboral mortal. La decisión se fundamenta en la valoración de la prueba y la fundamentación del tribunal de grado, que justificó la cuantificación indemnizatoria basada en una reparación integral ajustada a las circunstancias del caso.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

La sentencia de primera instancia admitió la demanda por daños y perjuicios promovida por Rosa Raquel Mujica en representación de su hijo mayor de edad, Alejo Yoel Fernández, por la muerte de su esposo, Luis Fernández, electrocutado en cumplimiento de sus tareas laborales como electricista en altura en el municipio de Lomas de Zamora. El tribunal de grado concluyó que la actividad laboral realizada por la víctima era riesgosa y que la empleadora y la aseguradora incumplieron deberes de seguridad y prevención, violando normas específicas de higiene y seguridad laboral, tales como los arts. 18 a 21 del decreto 170/96 y los arts. 1, 4.1, 31.1. "a" y "c" de la Ley de Riesgos del Trabajo. La sentencia declaró inconstitucional e inconvencional la normativa que limitaba la reparación. Para cuantificar la indemnización, el tribunal valoró la edad, expectativa de vida, estado civil y proyecto de vida del trabajador, aplicando una fórmula que aumentó en un 50% lo establecido en la ley de riesgos del trabajo, considerando la gravedad de la lesión y la pérdida de la vida. La aseguradora interpuso recurso extraordinario alegando que la suma resultaba excesiva, arbitraria, y que la valoración de la responsabilidad civil y la cuantificación no estaban debidamente fundadas. La Corte, tras analizar los agravios, concluyó que no se acreditó la existencia de absurdo en la valoración probatoria ni en la decisión de grado, y que la cuantificación de la indemnización se ajustó a las directrices jurisprudenciales y doctrinales, por lo que rechazó el recurso. Se ratificó así la condena en todos sus términos.

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