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Decreto 350/2019

EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR EL ARTICULO 78 DE LA CONSTITUCION NACIONAL, PROMULGASE LA LEY Nº 27.502 (IF-2019-39129237-APN-DSGA#SLYT), SANCIONADA POR EL HONORABLE CONGRESO DE LA NACION EN SU SESION DEL DIA 24 DE ABRIL DE 2019.

Ley n° 27.502 - su promulgacionDecreto
ESTUPEFACIENTES

Decreto 350/2019

DECTO-2019-350-APN-PTE - Promúlgase la Ley N° 27.502.

Ciudad de Buenos Aires, 13/05/2019

En uso de las facultades conferidas por el artículo 78 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, promúlgase la Ley Nº 27.502 (IF-2019-39129237-APN-DSGA#SLYT), sancionada por el HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN en su sesión del día 24 de abril de 2019.

Dése para su publicación a la Dirección Nacional del Registro Oficial, gírese copia al HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN y comuníquese al MINISTERIO DE SEGURIDAD. Cumplido, archívese. MACRI - Marcos Peña - Patricia Bullrich

e. 14/05/2019 N° 32967/19 v. 14/05/2019

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