Decreto 343/2025
PROMULGASE LA LEY Nº 27.787 (IF-2025-50263644-APN-DSGA#SLYT) SANCIONADA POR EL H. CONGRESO DE LA NACION EN SU SESION DEL DIA 7 DE MAYO DE 2025.
Ley 27787 - su promulgacionDecreto
TRATADOS
Decreto 343/2025
DECTO-2025-343-APN-PTE - Promúlgase la Ley Nº 27.787.
Ciudad de Buenos Aires, 20/05/2025
En uso de las facultades conferidas por el artículo 78 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, promúlgase la Ley Nº 27.787 (IF-2025-50263644-APN-DSGA#SLYT) sancionada por el H. CONGRESO DE LA NACIÓN en su sesión del día 7 de mayo de 2025.
Dese para su publicación a la Dirección Nacional del Registro Oficial, gírese copia al H. CONGRESO DE LA NACIÓN y comuníquese al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO. Cumplido, archívese.
MILEI - Guillermo Francos - Gerardo Werthein
Decreto 343/2025
DECTO-2025-343-APN-PTE - Promúlgase la Ley Nº 27.787.
Ciudad de Buenos Aires, 20/05/2025
En uso de las facultades conferidas por el artículo 78 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, promúlgase la Ley Nº 27.787 (IF-2025-50263644-APN-DSGA#SLYT) sancionada por el H. CONGRESO DE LA NACIÓN en su sesión del día 7 de mayo de 2025.
Dese para su publicación a la Dirección Nacional del Registro Oficial, gírese copia al H. CONGRESO DE LA NACIÓN y comuníquese al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO. Cumplido, archívese.
MILEI - Guillermo Francos - Gerardo Werthein
e. 21/05/2025 N° 33858/25 v. 21/05/2025