Logo

Decreto 208/2002

DESIGNASE PRESIDENTE DEL CONSEJO DE ADMINISTRACION DEL FONDO FIDUCIARIO FEDERAL DE INFRAESTRUCTURA REGIONAL, AL SEÑOR D. JOSE ARTURO ESTABILLO (D.N.I. NRO. 5.404.100), POR UN PERIODO DE DOS (2) AÑOS, CONTADO A PARTIR DE LA FECHA DEL PRESENTE DECRETO. DESIGNASE PARA INTEGRAR EL CONSEJO DE ADMINISTRACION DEL FONDO FIDUCIARIO FEDERAL DE INFRAESTRUCTURA REGIONAL, AL ARQUITECTO D. DANIEL ALBERTO COLL (D.N.I. NRO. 12.049.119), AL CONTADOR D. NORBERTO RAMON SANTANA (D.N.I. NRO. 5.829.466) Y AL ARQUITECTO HUGO ANIBAL DALAIRAC (D.N.I. NRO. 7.681.806). POR UN PERIODO DE DOS (2) AÑOS, CONTADO A PARTIR DE LA FECHA DEL PRESENTE DECRETO.

Presidente - designacionDecreto

FONDO FIDUCIARIO FEDERAL DE INFRAESTRUCTURA REGIONAL

Decreto 208/2002

Designación de Presidente e integrantes del Consejo de Administración.

Bs. As., 31/1/2002

VISTO y CONSIDERANDO:

Que se encuentran vacantes los cargos de Presidente y de DOS (2) integrantes del Consejo de Administración del FONDO FIDUCIARIO FEDERAL DE INFRAESTRUCTURA REGIONAL, creado por la Ley Nº 24.855.

Que para la cobertura de dichos cargos se ha dado cumplimiento a las disposiciones del artículo 5º de la citada Ley.

Que las personas propuestas reúnen los requisitos para ejercer las facultades y obligaciones asignadas al Consejo de que se trata.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades acordadas por el artículo 5º de la Ley Nº 24.855.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º — Desígnase Presidente del Consejo de Administración del FONDO FIDUCIARIO FEDERAL DE INFRAESTRUCTURA REGIONAL, al señor D. José Arturo ESTABILLO (D.N.I. Nº 5.404.100), por un período de DOS (2) años, contado a partir de la fecha del presente Decreto.

Art. 2º — Desígnase para integrar el Consejo de Administración del FONDO FIDUCIARIO FEDERAL DE INFRAESTRUCTURA REGIONAL, al Arquitecto D. Daniel Alberto COLL (D.N.I. Nº 12.049.119), al Contador D. Norberto Ramón SANTANA (D.N.I. Nº 5.829.466) y al Arquitecto Hugo Anibal DALAIRAC (D.N.I. Nº 7.681.806). por un período de DOS (2) años, contado a partir de la fecha del presente Decreto.

Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — DUHALDE. — Rodolfo Gabrielli — Anibal D. Fernández.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar