Decreto 2/2021
PROMULGASE LA LEY Nº 27.607 (IF-2020-91553767-APN-DSGA#SLYT), SANCIONADA POR EL HONORABLE CONGRESO DE LA NACION EN SU SESION DEL DIA 29 DE DICIEMBRE DE 2020.
Ley 27607 - su promulgacionDecreto
VIAJES OFICIALES
Decreto 2/2021
DCTO-2021-2-APN-PTE - Promúlgase la Ley N° 27.607.
Ciudad de Buenos Aires, 05/01/2021
En uso de las facultades conferidas por el artículo 78 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, promúlgase la Ley Nº 27.607 (IF-2020-91553767-APN-DSGA#SLYT), sancionada por el HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN en su sesión del día 29 de diciembre de 2020.
Dése para su publicación a la Dirección Nacional del Registro Oficial, gírese copia al HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN y comuníquese a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS. Cumplido, archívese.
FERNÁNDEZ - Santiago Andrés Cafiero
Decreto 2/2021
DCTO-2021-2-APN-PTE - Promúlgase la Ley N° 27.607.
Ciudad de Buenos Aires, 05/01/2021
En uso de las facultades conferidas por el artículo 78 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, promúlgase la Ley Nº 27.607 (IF-2020-91553767-APN-DSGA#SLYT), sancionada por el HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN en su sesión del día 29 de diciembre de 2020.
Dése para su publicación a la Dirección Nacional del Registro Oficial, gírese copia al HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN y comuníquese a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS. Cumplido, archívese.
FERNÁNDEZ - Santiago Andrés Cafiero
e. 06/01/2021 N° 452/21 v. 06/01/2021