Decreto 1096/2017
EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR EL ARTICULO 78 DE LA CONSTITUCION NACIONAL, PROMULGASE LA LEY Nº 27.426 (IF-2017- 33793893 -APN-DSGA#SLYT), SANCIONADA POR EL HONORABLE CONGRESO DE LA NACION EN SU SESION DEL DIA 18 DE DICIEMBRE DE 2017.
Ley nº 27.426 - su promulgacionDecreto
REFORMA PREVISIONAL
Decreto 1096/2017
Promúlgase la Ley N° 27.426.
Ciudad de Buenos Aires, 26/12/2017
En uso de las facultades conferidas por el artículo 78 de la CONSTITUCION NACIONAL, promúlgase la Ley Nº 27.426 (IF-2017- 33793893 -APN-DSGA#SLYT), sancionada por el HONORABLE CONGRESO DE LA NACION en su sesión del día 18 de diciembre de 2017.
Dése para su publicación a la Dirección Nacional del Registro Oficial, gírese copia al HONORABLE CONGRESO DE LA NACION y comuníquese al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL. Cumplido, archívese. — MACRI. — Marcos Peña. — Alberto Jorge Triaca.
Decreto 1096/2017
Promúlgase la Ley N° 27.426.
Ciudad de Buenos Aires, 26/12/2017
En uso de las facultades conferidas por el artículo 78 de la CONSTITUCION NACIONAL, promúlgase la Ley Nº 27.426 (IF-2017- 33793893 -APN-DSGA#SLYT), sancionada por el HONORABLE CONGRESO DE LA NACION en su sesión del día 18 de diciembre de 2017.
Dése para su publicación a la Dirección Nacional del Registro Oficial, gírese copia al HONORABLE CONGRESO DE LA NACION y comuníquese al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL. Cumplido, archívese. — MACRI. — Marcos Peña. — Alberto Jorge Triaca.
e. 28/12/2017 N° 101649/17 v. 28/12/2017